CDT e intereses en la declaración de renta: rendimientos, componente inflacionario y patrimonio
Por el equipo contable de Deklarar · Actualizado el · 6 min de lectura
Respuesta rápida
Un CDT se declara en dos partes: el saldo del CDT al 31 de diciembre va en el patrimonio y los intereses recibidos en el año van como rentas de capital en la cédula general. De esos intereses restas el componente inflacionario (ingreso no constitutivo de renta, con el porcentaje que fija un decreto cada año) y, al final, descuentas la retención en la fuente que te practicó el banco.
Los CDT y las cuentas de ahorro parecen inversiones "simples", pero en la declaración de renta tocan tres frentes: el patrimonio, los ingresos y las retenciones. Además, abrir un CDT grande puede por sí solo obligarte a declarar, aunque tus ingresos sean bajos. Esta guía te explica cómo leer el certificado del banco y llevar cada cifra al lugar correcto del Formulario 210.
Cómo puede un CDT obligarte a declarar
Hay tres topes que un CDT puede activar:
| Tope | Año gravable 2025 | Año gravable 2026 | Cómo lo activa un CDT |
|---|---|---|---|
| Inversiones financieras, consignaciones o depósitos > 1.400 UVT | $69.718.600 | $73.323.600 | Constituir uno o varios CDT por más de ese valor en el año |
| Patrimonio bruto > 4.500 UVT | $224.095.500 | $235.683.000 | Tener CDT que, sumados a tus demás bienes, superen el tope al 31 de diciembre |
| Ingresos brutos ≥ 1.400 UVT | $69.718.600 | $73.323.600 | Los intereses suman a tus demás ingresos |
Ejemplo: si en 2025 constituiste un CDT de $80.000.000 con la plata de la venta de un carro, superaste $69.718.600 en inversiones financieras y quedaste obligado a declarar el año gravable 2025, aunque no tengas salario. Ese plazo general venció el 26 de octubre de 2026, así que si no declaraste debes hacerlo de forma extemporánea. Más sobre este criterio en consignaciones y tope para declarar.
Intereses: rentas de capital
Los intereses de CDT, cuentas de ahorro, bonos y otros rendimientos financieros son rentas de capital dentro de la cédula general. Como persona natural no obligada a llevar contabilidad, en general declaras los intereses en el año en que te los pagan o abonan en cuenta, no los que se causan pero aún no recibes. Si tu CDT vence en 2027 y paga los intereses al vencimiento, esos intereses irán, por regla general, en la declaración del año gravable 2027. Confírmalo con el certificado de tu banco.
El componente inflacionario
Una parte de los rendimientos financieros que recibe una persona natural no es "ganancia real", sino compensación por la inflación. Por eso la ley la trata como ingreso no constitutivo de renta: se resta antes de calcular el impuesto. El porcentaje cambia cada año y lo fija el Gobierno por decreto, normalmente para los rendimientos recibidos en el año gravable correspondiente. Muchos bancos lo indican en el certificado; si no, búscalo en el decreto del año o pídeselo a un contador. Más sobre esta figura en ingresos no constitutivos de renta.
Cómo hacer el cálculo (mecánica con cifra hipotética)
Para ilustrar el procedimiento, imagina un porcentaje de componente inflacionario de 50%. Es una cifra hipotética, no la del decreto de ningún año; usa siempre el porcentaje oficial del año que declaras.
Felipe tiene un CDT de $60.000.000 que le pagó $4.800.000 de intereses durante el año gravable 2025, con retención en la fuente según su certificado.
- Intereses brutos: $4.800.000 (suman al tope de ingresos y van a rentas de capital).
- Componente inflacionario (hipotético 50%): $4.800.000 × 50% = $2.400.000, se resta como ingreso no constitutivo de renta.
- Renta de capital neta: $4.800.000 − $2.400.000 = $2.400.000, que se suma a sus demás rentas de la cédula general.
- Patrimonio al 31 de diciembre: el valor del CDT según el certificado (en este caso, $60.000.000 si los intereses ya se le pagaron).
- Retención en la fuente: el valor que figure en el certificado se resta del impuesto al final de la liquidación.
Si Felipe no tiene otros ingresos, su base gravable queda muy por debajo de 1.090 UVT ($54.280.910 en 2025) y su impuesto es cero. Entonces toda la retención que le hizo el banco se convierte en saldo a favor.
El certificado bancario: qué buscar
Pide a tu banco, a comienzos del año siguiente, el certificado tributario de cada producto. Normalmente incluye:
- Saldo de cada cuenta y CDT al 31 de diciembre (va al patrimonio).
- Rendimientos o intereses pagados en el año (van a rentas de capital).
- Componente inflacionario, cuando el banco lo calcula.
- Retención en la fuente practicada (se resta del impuesto).
- Gravamen a los movimientos financieros pagado (4x1000), del que puedes deducir el 50% (ver 4x1000 deducible).
Compara siempre esas cifras con tu información exógena. Si el banco reportó algo distinto a lo que dice el certificado, pide la corrección antes de declarar.
CDT en el patrimonio y en la declaración del año siguiente
- Un CDT que constituiste y cancelaste en el mismo año no aparece en el patrimonio al 31 de diciembre, pero sí cuenta para el tope de inversiones financieras y sus intereses sí se declaran.
- Un CDT renovado sigue en tu patrimonio por su saldo al cierre del año.
- Si el CDT está a nombre de dos personas, cada una reporta la parte que le corresponde según la titularidad y la realidad de los aportes; documenta el origen de los recursos.
Si al final te queda saldo a favor, puedes pedirlo en devolución o compensarlo; las opciones están en saldo a favor en la declaración de renta.
Errores frecuentes con los CDT
- No declarar porque "el banco ya retuvo": la retención es un anticipo, no reemplaza la declaración.
- Olvidar restar el componente inflacionario y pagar impuesto de más.
- Declarar intereses causados que aún no te pagaron.
- No incluir CDT que se abrieron y cerraron en el año al revisar el tope de inversiones.
- No pedir el saldo a favor que generó la retención del banco.
Preguntas frecuentes
¿Los intereses de un CDT pagan impuesto de renta?
Se declaran como rentas de capital, restando el componente inflacionario. Si tu base gravable total queda por debajo de 1.090 UVT, el impuesto es cero, pero el banco igual te habrá retenido en la fuente; esa retención puede devolverse como saldo a favor si declaras.
¿Abrir un CDT me obliga a declarar renta?
Puede hacerlo. Si en el año constituiste CDT u otras inversiones financieras por más de 1.400 UVT, es decir $69.718.600 en 2025 o $73.323.600 en 2026, quedas obligado a declarar aunque tus ingresos estén por debajo del tope.
¿Qué es el componente inflacionario de los rendimientos financieros?
Es la porción de los intereses que compensa la pérdida de poder adquisitivo por la inflación. Para personas naturales es un ingreso no constitutivo de renta y se resta de los intereses. El porcentaje lo fija un decreto cada año, por eso debes usar el del año gravable que declaras.
¿Con qué valor declaro el CDT en el patrimonio?
Con el valor que tenga al 31 de diciembre del año gravable según el certificado del banco. Si el CDT se canceló antes de esa fecha, no aparece en el patrimonio, aunque los intereses que te pagó sí se declaran como ingreso de ese año.
¿Cómo recupero la retención en la fuente que me hizo el banco?
Presentando la declaración de renta, aunque no estés obligado. La retención se resta de tu impuesto; si este es menor, la diferencia queda como saldo a favor, que puedes solicitar en devolución ante la DIAN o compensar en declaraciones futuras.
Esta guía es informativa y se basa en el Estatuto Tributario y la normativa DIAN vigente a la fecha de actualización. No constituye asesoría tributaria individual; cada caso debe revisarlo un contador. Deklarar es un servicio privado y no está afiliado a la DIAN.