Consignaciones bancarias y declaración de renta: qué cuenta para el tope y cómo justificarlas ante la DIAN
Por el equipo contable de Deklarar · Actualizado el · 7 min de lectura
Respuesta rápida
Debes declarar renta si la suma de consignaciones, depósitos e inversiones financieras del año supera 1.400 UVT: $69.718.600 en el año gravable 2025 y $73.323.600 en el año gravable 2026. Cuentan todos los dineros que entran a tus cuentas, incluidos traslados entre cuentas propias, préstamos y billeteras digitales. Superar el tope te obliga a declarar, pero no significa que todo ese dinero sea ingreso gravado.
El tope de consignaciones es el que más personas supera sin darse cuenta. No mide lo que ganaste, sino lo que entró a tus cuentas durante el año, y en esa suma caen movimientos que nada tienen que ver con ingresos: el dinero que pasaste de un banco a otro, el préstamo de un familiar o la plata que un amigo te pidió recibir por él. La DIAN ve esas cifras en la información exógena que reportan las entidades financieras, así que conviene entender cómo se mide antes de concluir que no te toca declarar.
El tope de consignaciones en cifras
| Año gravable | Se declara en | Tope (más de 1.400 UVT) |
|---|---|---|
| 2025 | 2026 (plazo general ya vencido) | Más de $69.718.600 |
| 2026 | 2027 | Más de $73.323.600 |
El criterio incluye tres conceptos que se suman: consignaciones bancarias, depósitos e inversiones financieras. Es independiente de los otros topes: puedes tener ingresos bajos y patrimonio bajo, y aun así quedar obligado solo por este. El panorama completo de topes está en quién debe declarar renta.
Qué cuenta como consignación para la DIAN
En términos prácticos, cuenta casi todo lo que ingresa a tus productos financieros:
- Pagos de salario, honorarios o ventas que te consignan.
- Transferencias entre tus propias cuentas. Si pasas $10.000.000 de tu cuenta del banco A a tu cuenta del banco B, el banco B reporta un depósito de $10.000.000.
- Préstamos recibidos, sean de un banco que desembolsa en tu cuenta o de un familiar que te transfiere.
- Dinero de terceros que pasa por tu cuenta: el arriendo de tu mamá, los aportes de un grupo para un paseo, la plata que te giran para que se la entregues a otra persona.
- Billeteras digitales como Nequi, Daviplata u otras ofrecidas por entidades vigiladas, que también reportan información a la DIAN.
- Consignaciones en efectivo hechas en oficinas, corresponsales o cajeros.
- Giros y remesas del exterior abonados a tus cuentas (remesas en la declaración de renta).
- Inversiones financieras como CDT, fondos de inversión colectiva y similares.
- Reintegros y devoluciones, por ejemplo la devolución de una compra o de un pago duplicado.
Lo que no suma son las salidas: retiros, pagos, compras o transferencias que haces a otros. Esos movimientos pueden pesar en el tope de compras y consumos, pero no en el de consignaciones.
Cómo lo ve la DIAN en la información exógena
Los bancos y demás entidades financieras reportan a la DIAN, entre otros datos, los movimientos de tus cuentas y tus inversiones. Esa información forma parte de la exógena, que puedes consultar en el portal MUISCA con tu usuario y contraseña. Con ella la DIAN detecta a quienes superan topes y no declaran, y arma la propuesta de declaración que envía a algunos contribuyentes.
Antes de decidir si declaras, descarga tu exógena y compárala con tus extractos. Si una entidad reportó algo que no corresponde, puedes pedirle que lo corrija. El paso a paso para descargarla está en cómo descargar la exógena y la forma de interpretarla en información exógena DIAN.
Ejemplo: obligado a declarar sin ganar el tope
Caso hipotético de Daniel en 2025:
| Movimiento | Valor |
|---|---|
| Salario consignado ($3.000.000 × 12) | $36.000.000 |
| Traslados desde su cuenta de ahorros a su cuenta de nómina en otro banco | $25.000.000 |
| Préstamo de su tío para comprar una moto | $12.000.000 |
| Total de consignaciones | $73.000.000 |
Daniel ganó $36.000.000, muy por debajo del tope de ingresos, pero sus consignaciones de $73.000.000 superan $69.718.600. Estaba obligado a declarar el año gravable 2025. Como el plazo general venció el 26 de octubre de 2026, lo que le corresponde ahora es presentar la declaración de forma extemporánea.
Lo importante es que, al declarar, Daniel no reporta $73.000.000 de ingresos. Reporta su salario como renta de trabajo, los traslados no aparecen como ingreso porque eran su propio dinero, y el préstamo, si sigue vigente al 31 de diciembre, figura como deuda en su patrimonio. Con su nivel de ingresos, lo más probable es que su impuesto sea cero.
Superar el tope no es lo mismo que tener ingresos
Este punto genera mucha angustia, así que vale la pena dejarlo claro:
- El tope de consignaciones solo define si debes presentar la declaración.
- En la declaración se reportan los ingresos reales, clasificados por cédula.
- Los traslados entre cuentas propias, los préstamos recibidos y el dinero de terceros no son ingresos, siempre que puedas demostrarlo.
- Si la DIAN ve consignaciones muy superiores a tus ingresos declarados, puede pedirte explicaciones. Ahí es donde entran los soportes.
Cómo justificar tus consignaciones
| Tipo de movimiento | Soporte recomendado | Cómo se refleja en la declaración |
|---|---|---|
| Traslado entre cuentas propias | Extractos de ambas cuentas con fechas y valores | No es ingreso |
| Préstamo de un banco | Contrato y certificado de saldo al 31 de diciembre | Deuda en el patrimonio |
| Préstamo de un familiar o amigo | Pagaré o contrato con fecha, valor y condiciones, más el comprobante de la transferencia | Deuda en el patrimonio, si sigue vigente |
| Dinero de terceros | Comunicación o documento que explique el encargo y la salida del dinero al destinatario | No es ingreso propio |
| Venta de un bien | Contrato de compraventa | Ingreso por venta; puede ser ganancia ocasional o renta según el tiempo de posesión |
| Remesas o donaciones recibidas | Comprobante del giro y explicación de su naturaleza | Depende de su naturaleza |
Guarda estos soportes durante el tiempo de firmeza de la declaración. Si la DIAN te envía una comunicación, responder con documentos claros suele cerrar el tema.
Buenas prácticas para no complicarte
- No prestes tu cuenta para recibir dinero de otras personas. Para la DIAN, esas consignaciones son tuyas hasta que demuestres lo contrario.
- Evita mover dinero de un lado a otro sin necesidad, sobre todo entre entidades distintas, porque cada ingreso a una cuenta se reporta.
- Documenta los préstamos desde el día en que los recibes, no cuando la DIAN pregunta.
- Revisa tus cifras durante el año, no solo al final: si vas a superar el tope, sabrás con tiempo que te toca declarar.
Preguntas frecuentes
¿Las transferencias entre mis propias cuentas cuentan para el tope de consignaciones?
Sí. Cada entidad reporta los dineros que entran a tus cuentas, sin saber si vienen de otra cuenta tuya. Por eso los traslados entre bancos inflan la cifra de consignaciones. Cuentan para saber si debes declarar, pero en la declaración no son ingreso, porque se trata de tu propio dinero; guarda los extractos que lo demuestren.
¿Lo que recibo por Nequi o Daviplata cuenta para declarar renta?
Sí. Las billeteras digitales ofrecidas por entidades financieras vigiladas son productos de depósito y su información también llega a la DIAN. Lo que recibes en ellas se suma al resto de consignaciones del año. Si el total de todas tus cuentas y billeteras supera 1.400 UVT, quedas obligado a declarar.
¿Un préstamo que me consignaron cuenta como ingreso?
No es ingreso, pero sí cuenta para el tope de consignaciones. Al declarar, el préstamo no se suma a tus ingresos; si seguías debiéndolo al 31 de diciembre, se registra como deuda en tu patrimonio. Para que la DIAN lo acepte debe estar soportado: certificado del banco o, si es de un particular, un pagaré o contrato.
¿Cuánto dinero puedo recibir en mi cuenta sin declarar renta?
Para el año gravable 2025, hasta $69.718.600 en total sumando todas tus cuentas, billeteras e inversiones; para el año gravable 2026, hasta $73.323.600. Si superas esa suma, debes declarar. Aun por debajo, podrías estar obligado por otro tope, como el de ingresos, patrimonio, tarjeta de crédito o compras.
¿Me cobran impuesto por todo lo que me consignaron?
No. El impuesto se calcula sobre tus ingresos reales depurados, no sobre las consignaciones. Los traslados propios, los préstamos y el dinero de terceros no se gravan si los puedes soportar. Superar el tope solo te obliga a presentar la declaración; muchas personas en esa situación terminan con impuesto cero.
Esta guía es informativa y se basa en el Estatuto Tributario y la normativa DIAN vigente a la fecha de actualización. No constituye asesoría tributaria individual; cada caso debe revisarlo un contador. Deklarar es un servicio privado y no está afiliado a la DIAN.