Dividendos de personas naturales en la declaración de renta: tarifa, descuento del 19% y retención
Por el equipo contable de Deklarar · Actualizado el · 6 min de lectura
Respuesta rápida
Desde la Ley 2277 de 2022, los dividendos no gravados que recibe una persona natural residente se suman a la base de la tabla progresiva del artículo 241 junto con la cédula general y las pensiones. Luego se resta un descuento tributario del 19% sobre los dividendos que excedan 1.090 UVT. La sociedad retiene el 15% sobre el pago que supere 1.090 UVT. Los dividendos gravados pagan primero el 35%.
Si eres accionista de una empresa, socio de una SAS familiar o recibes dividendos de acciones que compraste en bolsa, la reforma tributaria de 2022 cambió de fondo la forma de declararlos. Antes tenían una tabla propia con tarifas bajas; ahora se integran a la tabla general del impuesto, lo que puede subir tu tarifa marginal. Esta guía explica el mecanismo con un ejemplo completo.
Dos tipos de dividendos: no gravados y gravados
La sociedad que te paga los dividendos debe indicarte en el certificado cuánto corresponde a utilidades que ya pagaron impuesto en la empresa y cuánto no. Esa distinción se hace con el cálculo del artículo 49 del Estatuto Tributario.
| Tipo | Origen | Tratamiento para la persona natural residente |
|---|---|---|
| Dividendos no gravados (art. 49 num. 3) | Utilidades que ya tributaron en cabeza de la sociedad | Se suman a la base del art. 241 y se aplica el descuento del 19% sobre el exceso de 1.090 UVT |
| Dividendos gravados (art. 49 par. 2) | Utilidades que no tributaron en la sociedad | Primero pagan el 35% (art. 240) y el remanente sigue el tratamiento de los no gravados |
En la mayoría de empresas colombianas que pagan su impuesto normalmente, casi todo el dividendo es no gravado. Revisa siempre el certificado de la sociedad.
Cómo se liquida el impuesto sobre los dividendos
- Suma la base: renta líquida gravable de la cédula general + renta gravable de pensiones + dividendos no gravados.
- Aplica la tabla del artículo 241 a esa suma convertida en UVT (ver la tabla).
- Resta el descuento tributario del 19% sobre la parte de los dividendos que exceda 1.090 UVT (art. 254-1).
- Si hay dividendos gravados: liquídales el 35% y suma el remanente a la base del paso 1.
- Resta las retenciones que te practicó la sociedad.
Ejemplo numérico: año gravable 2025
Sofía tuvo en 2025 una renta líquida gravable de $60.000.000 por su salario y recibió $80.000.000 en dividendos no gravados de una sociedad colombiana. Declaró en 2026 con UVT de $49.799.
| Paso | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Base sin dividendos | $60.000.000 / 49.799 | 1.204,84 UVT |
| Impuesto sin dividendos | (1.204,84 − 1.090) × 19% = 21,82 UVT | $1.086.600 aprox. |
| Base con dividendos | $140.000.000 / 49.799 | 2.811,30 UVT |
| Impuesto tabla art. 241 | (2.811,30 − 1.700) × 28% + 116 = 427,16 UVT | $21.272.400 aprox. |
| Dividendos en UVT | $80.000.000 / 49.799 | 1.606,46 UVT |
| Descuento 19% sobre el exceso | (1.606,46 − 1.090) × 19% = 98,13 UVT | −$4.886.600 aprox. |
| Impuesto neto | $21.272.400 − $4.886.600 | $16.385.800 aprox. |
Los dividendos le aumentaron el impuesto en unos $15.299.000, cerca del 19% de lo recibido. De ese valor se resta la retención que le practicó la sociedad.
La retención del 15%
La sociedad retiene el 15% sobre el pago de dividendos no gravados que exceda 1.090 UVT (art. 242). En el ejemplo, con UVT 2025: ($80.000.000 − $54.280.910) × 15% = $3.857.864. Ese valor aparece en el certificado de la sociedad y lo restas en la liquidación privada del Formulario 210.
Si recibes dividendos gravados
Supón que, además, la sociedad te certifica $10.000.000 de dividendos gravados. Primero pagan el 35%, es decir, $3.500.000. Los $6.500.000 restantes se suman a la base del artículo 241 junto con tus demás rentas y siguen el mismo procedimiento del ejemplo. Como la tarifa del 35% ya es alta, estos dividendos son poco frecuentes en sociedades que tributan normalmente, pero sí aparecen en compañías con beneficios tributarios o con utilidades contables mayores a las fiscales.
Dividendos pequeños: cuándo no pagan impuesto
Si tus dividendos no gravados son inferiores a 1.090 UVT ($54.280.910 en 2025; $57.087.660 en 2026) y tus demás rentas gravables son bajas, la suma puede quedar en el tramo del 0% de la tabla. Además, la sociedad no te practica retención por la parte que no supera 1.090 UVT. Aun así, si estás obligado a declarar, los dividendos deben reportarse en la cédula de dividendos del Formulario 210, y las acciones deben figurar en tu patrimonio.
Año gravable 2025 vs. 2026
Los dividendos recibidos en 2025 se declararon en 2026 con UVT de $49.799; el plazo general venció el 26 de octubre de 2026 y, si no declaraste estando obligado, debes hacerlo de forma extemporánea. Los recibidos en 2026 se declararán en 2027 con UVT de $52.374. El Proyecto de Ley de Rescate Económico (PL 477 de 2026) es solo un proyecto y, según reportes de prensa, no cambiaría el tratamiento de los dividendos de residentes; consulta en qué va antes de planear.
Para dividendos de compañías extranjeras o de brokers internacionales, el tratamiento y el descuento por impuestos pagados en el exterior tienen reglas propias: revisa acciones e inversiones en el exterior. Si tu declaración combina salario, dividendos y otras rentas, en Deklarar podemos hacer el cálculo completo por ti (ver planes).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto impuesto pagan los dividendos en Colombia para personas naturales?
No hay una tarifa fija. Los dividendos no gravados se suman a tus demás rentas y se les aplica la tabla del artículo 241, que va del 0% al 39%, y luego restas un descuento del 19% sobre lo que exceda 1.090 UVT. El resultado depende de tu nivel total de ingresos.
¿Qué es el descuento del 19% sobre dividendos?
Es un descuento tributario del artículo 254-1 que se resta directamente del impuesto. Equivale al 19% de los dividendos no gravados que superen 1.090 UVT. No es una deducción de la base sino una reducción del impuesto ya calculado.
¿La retención de dividendos es el impuesto definitivo?
No. La retención del 15% sobre el exceso de 1.090 UVT es un anticipo del impuesto. El valor definitivo se calcula en la declaración de renta, sumando los dividendos a tus demás rentas, y la retención se resta del impuesto a cargo.
¿Dónde encuentro si mis dividendos son gravados o no gravados?
En el certificado que te expide la sociedad que pagó los dividendos. Allí debe discriminar el valor no gravado y el gravado, el año de las utilidades y la retención practicada. Pídelo al área contable de la empresa si no lo recibiste.
¿Si recibo pocos dividendos debo declararlos?
Si estás obligado a declarar renta, sí, aunque no generen impuesto. Los dividendos cuentan como ingresos brutos para el tope de 1.400 UVT y las acciones forman parte de tu patrimonio bruto, por lo que pueden obligarte a declarar.
Esta guía es informativa y se basa en el Estatuto Tributario y la normativa DIAN vigente a la fecha de actualización. No constituye asesoría tributaria individual; cada caso debe revisarlo un contador. Deklarar es un servicio privado y no está afiliado a la DIAN.